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Notificación fehaciente para los Medios Adecuados de Solución de Controversias en vía no jurisdiccional (MASC)

El requisito de procedibilidad establecido para los Medios Adecuados de Solución de Controversias en vía no jurisdiccional (MASC) que entró en vigor el jueves 3 de abril de 2025, introduce una serie de plazos que habrá que esperar antes de interponer una demanda:

¿Cuándo se entiende que finaliza el intento de acuerdo sin éxito?

- 30 días naturales sin respuesta desde la recepción de la solicitud de negociación
- 30 días naturales sin respuesta tras la propuesta concreta de acuerdo
- 3 meses desde la primera reunión sin alcanzar acuerdo
- Comunicación escrita de cualquiera de las partes dando por terminada la negociación

¿Y el plazo para presentar la demanda?

- Si hubo actividad negociadora → 1 año desde la finalización del proceso
- Si no hubo respuesta → 1 año desde la fecha de recepción de la solicitud de negociación
- Si hubo medidas cautelares → El plazo puede ser de 20 días o suspenderse, según el momento en que se solicitaron

Además, la solicitud de negociación interrumpe la prescripción y suspende plazos de caducidad hasta que el proceso finalice (con acuerdo o sin él).

Utilizar una solución que te permita acreditar cuándo enviaste una invitación de negociación no es baladí. El servicio de Correo Electrónico Certificado Noticeman de EADTrust deja constancia de cuándo se envió la invitación, con un sello de tiempo cualificado según lo define el Reglamento eIDAS. Los sellos cualificados cuentan con presunción legal según el artículo 326 de la LEC

Los sellos de tiempo cualificados:
- Disfrutan de una presunción de exactitud (Reglamento eIDAS)
- Invierten la carga de la prueba (LEC)

Procedibilidad en los Medios adecuados de solución de controversias (MASC)

El 2 de enero de 2025 se publicó la Ley Orgánica 1/2025, cuya finalidad es introducir en el ordenamiento jurídico como acceso válido a la Justicia, además de la jurisdicción, otros medios adecuados de solución de controversias (MASC) en vía no jurisdiccional (MASC), como medida para la consolidación de un servicio público de Justicia sostenible, potenciando la negociación entre las partes, directamente o con la ayuda de un tercero neutral.

Los MASC, según lo establecido en la ley, engloban actividades negociadoras como la mediación, la conciliación privada, la oferta vinculante confidencial, la opinión de persona experta independiente, el derecho colaborativo y la justicia restaurativa, en las cuales las partes intentan alcanzar acuerdos de buena fe, ya sea de manera directa o con la intervención de un tercero neutral.

El uso de Norticeman permite a las partes dejar constancia del empleo de medios telemáticos parea iniciar el procedimiento de negociación y los intercambios de mensajes de las partes en el desarrollo del proceso. Se cumple así el requisito de “procedibilidad”.

Hay que considerar que:

  • Los MASC serán de aplicación en asuntos civiles y mercantiles, incluidos los conflictos transfronterizos, excluyendo los ámbitos penal, laboral y concursal, así como los litigios donde participe el sector público.
  • La ley establece como requisito acudir a un MASC antes de presentar una demanda judicial en la mayoría de los procedimientos civiles.
  • Los procesos serán confidenciales y los acuerdos alcanzados podrán formalizarse mediante escritura pública o ser homologados judicialmente para dotarlos de fuerza ejecutiva.

La Ley Orgánica 1/2025 también introduce modificaciones en normativas relacionadas, como la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita y la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, garantizando la adaptación de la legislación vigente al nuevo modelo de eficiencia judicial.

Constancia del momento de remisión

Dada la facilidad de reproducir obras digitales y de transmitirlas por Internet, muchas entidades emplean medidas tecnológicas para proteger los derechos de propiedad intelectual que ostentan respecto de ciertos contenidos digitales. Algunas de esas medidas se denominan herramientas y sistemas de “gestión digital de derechos” (DRM, por sus siglas en inglés). Se utilizan para definir, vigilar y hacer respetar los permisos y las condiciones de uso por medios electrónicos y durante toda la vida útil del contenido.

Una de las opciones es usar Sellos de tiempo. El sello de tiempo consiste en una ficha  firmada electrónicamente que asocia el valor resumen de un documento (hash) al momento en el que se tiene constancia de su existencia,

El tiempo es un elemento de peso a la hora de demostrar la vulneración de derechos de autor: en qué momento se envió un mensaje de correo electrónico, cuándo se aceptó un contrato, cuándo se creó o se modificó una obra de propiedad intelectual o cuándo se obtuvo la prueba digital determinante constituyen algunos ejemplos. Se puede utilizar un servicio especializado de consignación de fecha y hora para certificar el momento en que se creó un documento.

Dado que en Noticeman se generan y administran sellos de tiempo de todos los pasos de la comunicación, un envío por Noticeman acredita la existencia de un documento en el momento del envío. Y la certificación que se genera para acreditar la comunicación se puede usar en contextos de resolución de controversias para acreditar la existencia del documento adjunto en un momento dado.

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