EAD Trust — Noticeman

Correo electrónico certificado

Con justificante de contenido, acuse de recibo, de lectura y de descarga

Convocatoria de junta general de socios por e-mail

Existe alguna controversia sobre la posibilidad de convocar juntas de accionistas por correo electrónico.

Para dirimir la controversia, la respuesta corta es que dicho tipo de convocatoria debe estar prevista en los estatutos de la sociedad, de forma que no pueda ser denegada la inscripción por el registrador, y que la redacción deje claro que se utilizará un servicio de entrega electrónica certificada (ya que esta es la denominación del servicio de notificación fehaciente que ampara el Reglamento Europeo UE 910/2014).

Un posible texto en los estatutos podría ser:

«Las Juntas serán convocadas por el Órgano de Administración por medio de carta certificada, con quince días de antelación a la fecha de la misma, dirigida a los domicilios de los socios que consten en el Libro Registro de Socios, o bien mediante un servicio de entrega electrónica certificada dirigido a la dirección electrónica, como por ejemplo la dirección de correo electrónico, que conste igualmente en el Libro Registro de Socios, o cualquier otro medio telemático que asegure la recepción de la comunicación».

Para explicaciones más elaboradas, conviene hacer mención a varios artículos que se han publicado sobre este tema:

 

 

Prosegur impulsará los servicios de confianza digital de EADTrust

Prosegur S.A., Cia. de Seguridad, conocido como Prosegur, es una empresa de servicios globales de seguridad fundada en 1976, y que en 1987 se convierte en la primera empresa española de seguridad que cotiza en la Bolsa de Madrid. Prosegur es, además, la tercera compañía mundial en el sector de la seguridad privada.

Prosegur impulsará un nuevo catálogo de servicios de confianza digital gracias a la colaboración de EADTrust, European Agency of Digital Trust.

Entre los servicios que se incluyen están los de Notificaciones fehacientes o Burofax Electrónico, que acreditan el contenido de las comunicaciones electrónicas.

Notificaciones fehacientes mediante webservice

Cuando las notificaciones se utilizan de forma ocasional, los sistemas de gestión de notificaciones electrónicas disponibles mediante una página web son adecuados.

Sin embargo, cuando las notificaciones se tienen que integrar en un proceso informático (por ejemplo un proceso que envía recordatorios de pagos pendientes a deudores) es necesario que los ordenadores dialoguen entre ellos y gestionen de forma automatizada los envíos. Es el caso de los envíos masivos, o, simplemente de los envíos automatizados, para los que Noticeman ofrece un manual de integración que se puede solicitar llamando al 902 365 612.

La integración de aplicaciones que necesitan notificar con Noticeman se realiza a través de Webservices. La implementación de cliente del webservice permite integrar aplicaciones en “la nube” (cloud computing) facilitando la cooperación de diferentes aplicaciones.

Los webservices (servicios web) permiten una comunicación de ordenador a ordenador iniciada por el que se considera “cliente” que consulta al servidor, si bien el rol puede cambiar en momentos diferentes y en servicios diferentes (por ejemplo existe un servicio del servidor de noticeman para enviar mensajes, y otro en el que noticeman actua de cliente con el que comunica los cambios de status de los mensajes gestionados).

Para las entidades que se consideran “grandes notificadores” (bancos, aseguradoras, organismos públicos, operadoras de telecomunicaciones, utilities, …) los webservices se rediseñan adaptándose a las aplicaciones ya existentes, de forma que se minimiza el impacto de integración. Además se desarrollan soluciones adaptadas para gestionar de forma eficente la alta disponibilidad, la generación dinámica de hilos de comunicación (para dar soporte a picos de altos volúmenes de notificación) o la obtención de actas y evidencias bien para “litigation support” orientada a casos concretos, o bien como repositorio completo de documentación electrónica de forma redundante a la gestiona el sistema del “tercero de confinza”.

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